El Real Decreto para el Autoconsumo 244/2019, se aprueba en 2019 y regula los aspectos técnicos y administrativos para el desarrollo de instalaciones energéticas destinadas al autoconsumo.
El Real Decreto de Autoconsumo tiene como objetivo regular los aspectos relacionados con la medición, las conexiones a la red y los mecanismos de compensación de excedentes para las instalaciones de autoconsumo, así como establecer un registro de autoconsumo administrativo sencillo.
-Instalaciones de autoconsumo sin inyección a red (sin excedentes) son aquellas instalaciones de autoconsumo que no pueden verter los excedentes a la red, de manera que deben de instalar un sistema anti vertido. Sólo existirá el sujeto consumidor. En este caso, el consumidor tiene que ser el titular de la instalación de generación.
-Instalaciones de Autoconsumo con excedentes (vertido a red): Pueden verter los excedentes a la red. Existirá el sujeto consumidor y el sujeto productor. Según el tratamiento se puede dividir en:
Voltajes de los paneles solares:
LEGALIZACIÓN Y TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA
Es importante mencionar que, en la actualidad, la obtención de permisos y licencias para realizar la instalación se ha reducido y optimizado. En España, desde Abril 2019, debido a los recientes cambios legislativos en materia de energías renovables, se ha facilitado considerablemente la regulación administrativa.
Una vez instalada, se tiene que dar de alta mediante la correspondiente inscripción, realizando un proceso de legalización simplificado.
Legalización de la instalación de autoconsumo.