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El Real Decreto para el Autoconsumo 244/2019, se aprueba en 2019 y regula los aspectos técnicos y administrativos para el desarrollo de instalaciones energéticas destinadas al autoconsumo.

El Real Decreto de Autoconsumo tiene como objetivo regular los aspectos relacionados con la medición, las conexiones a la red y los mecanismos de compensación de excedentes para las instalaciones de autoconsumo, así como establecer un registro de autoconsumo administrativo sencillo.

-Instalaciones de autoconsumo sin inyección a red (sin excedentes) son aquellas instalaciones de autoconsumo que no pueden verter los excedentes a la red, de manera que deben de instalar un sistema anti vertido. Sólo existirá el sujeto consumidor. En este caso, el consumidor tiene que ser el titular de la instalación de generación.

-Instalaciones de Autoconsumo con excedentes (vertido a red): Pueden verter los excedentes a la red. Existirá el sujeto consumidor y el sujeto productor. Según el tratamiento se puede dividir en:

  • Autoconsumo con excedentes acogida a compensación
  • Autoconsumo con excedentes NO acogida a compensación
 
Métodos de instalación:
  • Soportes para instalaciones con inclinación: Tienen una inclinación de 30º y generalmente van montados en tejados planos.
  • Soportes para instalaciones coplanares: Van directamente instalados sobre el tejado y los paneles encima. Para tejados con inclinación.
  • Seguidores solares: Se utilizan únicamente para grandes huertos solares,  siguen el movimiento del sol y orientan el área de los módulos de forma perpendicular al sol.

Voltajes de los paneles solares:

  • Para aplicaciones con voltajes de 24 voltios o superior. Son los tipos de módulo solar más habituales.
  • Para aplicaciones con voltajes de 12 voltios. Estos paneles solares de 12 voltios, suelen ser placas solares pequeñas para aplicaciones muy concretas.
 
Un sistema de monitorización recoge toda la información sobre el estado de su instalación solar y lo que está generando y lo envía a su proveedor de energía siendo el objetivo mantener un rendimiento optimo del sistema.

LEGALIZACIÓN Y TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA

Es importante mencionar que, en la actualidad, la obtención de permisos y licencias para realizar la instalación se ha reducido y optimizado. En España, desde Abril 2019, debido a los recientes cambios legislativos en materia de energías renovables, se ha facilitado considerablemente la regulación administrativa.

Una vez instalada, se tiene que dar de alta mediante la correspondiente inscripción, realizando un proceso de legalización simplificado.

Legalización de la instalación de autoconsumo.

  • Memoria técnica para instalaciones menores de 10 kW y Proyecto para las superiores.
  • Estudio del caso particular y análisis de viabilidad de la instalación.
  • Licencia de obra y autorización municipal.
  • Ejecución de la instalación.
  • Acta de puesta en servicio, Boletín de la instalación.
  • Solicitud de nueva conexión eléctrica a la empresa distribuidora.
  • Registro administrativo.
 
Esquema donde se resume la normativa vigente para los sistemas fotovoltaicos.